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Beneficios

¡Asociarse a JFK es una decisión acertada! Obtienes beneficios sociales y financieros para ti y para tu familia.

Hospitalización

En JFK te acompañamos para facilitarte la vida. Recuerda que al actualizar tu Aporte Social a $650.000 podrás seguir disfrutando de beneficios, como:

Auxilio económico que se pagará al asociado por cada día de hospitalización que presente en clínica u hospital. Aplica también cuando la hospitalización se da en casa, la cual deberá estar debidamente certificada por la EPS.

A tener en cuenta:

Los valores a reconocer serán diferentes según la edad del asociado. Para conocer dicha información te invitamos a leer el reglamento de este auxilio

CONDICIONES PARA EL INGRESO Y MANTENIMIENTO DEL BENEFICIO

  • Tener aportes sociales por una suma no inferior a medio salario mínimo mensual legal vigente.
  • Si presenta crédito en la entidad, no tener mora superior a 30 días, si se llega a presentar, será retirado del beneficio.
  • Asociados mayores de 59 años deben diligenciar el formato de condiciones de salud

*Aplican condiciones.

 


Términos reclamaciones Solidaridad

Deben reclamarse dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha del hecho que la generó. Después de este término, los beneficiarios perderán el derecho a ellas.

Formatos y documentos


Los beneficiarios o interesados presentarán las reclamaciones en los formatos establecidos por la Cooperativa y anexarán los documentos que en su momento esta exija y en los tiempos establecidos.

Término para el pago de Solidaridades
La Cooperativa dispondrá de treinta (30) días para estudiar una reclamación por solidaridad, contados a partir de la fecha en que el beneficiario o interesado hace entrega formal de la documentación o, si es del caso, de la adicional que la entidad requiera; cumplido este plazo aprobará o negará la solicitud.

Revocación Las solidaridades económicas contempladas en este Reglamento se harán efectivas siempre y cuando el Fondo de Solidaridad cuente con recursos para otorgarlas, por cuanto son beneficios que se originan de un fondo agotable. La Cooperativa, por razones financieras, administrativas, de mercado o legales podrá revocar total o parcialmente estos beneficios e informará de ello a los interesados, a través la página web y otros canales.

Consulta aquí el reglamento Conoce aquí los documentos que debes presentar para reclamar la Solidaridad Autorización beneficiarios para reclamar y recibir pago de Solidaridades Declaración herederos y beneficiarios